martes, 1 de marzo de 2016

R.D. 56/2016: Qué empresas deben pasar las auditorías energéticas


El pasado 13 de Febrero se publicó en el BOE el Real Decreto 56/2016 por el que se estructura el marco legal para aplicar la Directiva 2012/27/UE de Eficiencia Energética

De modo que, desde el 14 de Febrero de 2016 y durante un periodo de 9 meses - hasta Noviembre de 2016 - las empresas grandes o grupos de empresas están obligadas a realizar auditorías energéticas del 85 por ciento del total de energía consumida en la realización de sus actividades industriales, comerciales o de prestación de servicios. 

El objetivo que esta normativa persigue es que este grupo de empresas mejore su eficiencia energética de forma que pueda conocer la energía que gastan (no sólo en términos cuantitativos a nivel de euros pagados en la factura a las empresas que proveen esa energía, sino con un mayor nivel de detalle que les permita identificar en qué actividades y momentos emplean esa energía) y cómo pueden ahorrar energía (una de las directrices que deben seguir las auditorías es la de formular recomendaciones para lograr ese ahorro de energía).

Empresas obligadas al cumplimiento del R.D. 56/2016 de eficiencia energética

Como comentaba más arriba, esta normativa obliga a las empresas grandes a realizar auditorías energéticas o implementar un Sistema de Gestión de la Energía de acuerdo a las normativas europea o internacional como es la ISO 50001 (la certificación de esta norma exige la realización de auditorías energéticas, por lo que, se da cumplimiento al Real Decreto). 

Ahora bien, ¿mi empresa se encuentra dentro de ese grupo de "grandes empresas"? La norma define empresas grandes como
  • Aquellas empresas que tengan al menos 250 empleados.
  • Aquellas empresas que aún no empleando a 250 empleados, tengan un volumen de negocio que supere los 50 millones de euros y su balance general sea superior a 43 millones de euros
  • Además, también se incluyen los grupos de sociedades que cumplan con los alguno de los dos anteriores requisitos en sus magnitudes agregadas a nivel de grupo. 

Así, quedan excluidas de la obligación de realizar auditorías energéticas en un horizonte próximo de 9 meses para dar cumplimiento al R.D. 56/2016 y cada 4 años en el futuro, las consideradas PYMES: microempresas, pequeñas y medianas empresas.  


Escríbenos a info@jgrconsultoria.com o a través de nuestra Página de Contacto si aún tienes dudas o necesitas que un equipo de expertos te asesore sobre cómo realizar la auditoría energética en ru empresa.

Fuente / Artículo tomado de: http://www.jgrconsultoria.com/r-d-562016-empresas-deben-pasar-las-auditorias-energeticas/

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